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¿MASCARILLA EN EL ENTORNO DE TRABAJO? LA RECOMENDACIÓN, EN MANOS DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Publicado en28/07/2022
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En abril de este año, el Gobierno aprobó que las mascarillas dejarán de ser obligatorias en interiores. Esto supuso un punto de inflexión en la pandemia desde el punto de vista empresarial. Ahora, los servicios de prevención de riesgos laborales serán los encargados de decidir acerca de su utilización.

El Real Decreto 286/2022 sobre la obligatoriedad del uso de mascarillas, al detalle.

Gracias a la vacunación, la gravedad de la pandemia ha descendido considerablemente. En este sentido, los contagios siguen marcando tendencias ascendentes y descendentes, pero la notificación de casos graves y las hospitalizaciones quedan lejos de las cifras del primer año.

Desde 2020, las
mascarillas fueron obligatorias en todos los espacios interiores, lo que incluía el ámbito profesional. España fue uno de los países más restrictivos en este aspecto. Francia, por ejemplo, permitía no llevar mascarillas en el trabajo. No obstante, la situación favorable ha permitido dar un paso adelante hacia la normalidad, según indicó Carolina Darias, ministra de Sanidad.

Un nuevo modelo de obligatoriedad de uso de mascarillas

El Real Decreto 286/2022, del 19 de abril, es muy claro sobre su obligatoriedad en las empresas. Expone que «En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas». Sin embargo, deja en manos de los servicios de prevención de riesgos laborales la recomendación sobre su utilización para que el empresario lo imponga.

Cabe destacar que este mismo texto legal hace referencia a distintos entornos laborales en los que se mantiene la obligatoriedad:

  • Centros médicos y farmacias: debido a la cantidad de personas con COVID que necesita acudir.
  • Establecimientos sociosanitarios: por la avanzada edad de los residentes, que los hace más vulnerables.
  • Transporte público: justificado por la gran afluencia de personas y la dificultad para mantener distancias.

En consecuencia, los empleados de estos sectores seguirán portando las mascarillas.

El nuevo panorama de seguridad laboral

Después de esta modificación, una parte importante de empresas ha apostado por dejar a elección de los trabajadores el empleo o no de protección facial. La ministra de Sanidad ha apelado a la responsabilidad ciudadana para evitar nuevos repuntes de contagios. No obstante, ha admitido que estos se siguen dando, aunque están más relacionados con festividades.

La prevención de riesgos laborales dibuja ahora un panorama distinto. Los negocios que hayan decidido flexibilizar esta medida han priorizado, generalmente, la ventilación y la distancia de seguridad. Si bien estas no se consideran obligatorias, forman parte de las estrategias de prevención laboral más eficaces.

Como decíamos, los responsables de prevención de riesgos laborales serán quienes aconsejen si se utiliza la mascarilla o no de forma obligatoria. Para ello, deberán basarse en distintos aspectos que el Real Decreto ha considerado como imprescindibles. El primero de ellos es la evaluación del riesgos, que está directamente vinculado con el número de trabajadores y la disposición del espacio.

Por otro lado, hay que atender al volumen de empleados que formen parte de grupos expuestos. Entre estos, se encuentran personas inmunodeprimidas, con patologías previas y, sobre todo, con enfermedades respiratorias de carácter crónico. Para todo ello, se recomienda a las empresas que efectúen una evaluación de riesgos periódica.

En definitiva, los servicios de prevención de riesgos laborales jugarán un papel crucial en esta nueva normalidad. La clave está en garantizar entornos seguros para evitar brotes de contagios y facilitar la recuperación empresarial después de la pandemia. En Mape somos especialistas en consultoría de seguridad y salud en el trabajo. ¡Cuenta con nosotros!

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