SENTENCIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: HAY QUE INDEMNIZAR A SANITARIOS POR DESPROTECCIÓN ANTE LA COVID
Sentencia de prevención de riesgos laborales: hay que indemnizar a sanitarios por desprotección ante la covid
La Conselleria de Sanidad valenciana tendrá que indemnizar a los médicos que se encontraron desprotegidos durante la ola inicial de covid. Esta es la decisión adoptada por el juzgado de Alicante, en materia de prevención de riesgos laborales. Los importes fijados oscilan entre los 5000 y los 49 000 euros y el motivo de la sanción es la falta de equipos de protección individual con la que convivieron los sanitarios durante la primera ola de la pandemia.
Una sentencia sobre la falta de epis de trabajo
El Juzgado de lo Social número 5 de Alicante dio la razón al Sindicato Médico de la Comunitat Valenciana (CESM-CV) en su demanda. El fallo indica que la Conselleria de Sanidad tiene la obligación de aplicar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la cual exige adoptar las medidas y los equipos de protección individual y colectiva necesarios.
Esta decisión jurídica fue tomada en enero de 2022 y todavía no es firme, ya que se puede recurrir. En cualquier caso, establece que se incumplieron las medidas preventivas y, de este modo, se exigió correr un grave riesgo de seguridad y salud en el trabajo a todos los profesionales sanitarios, muy especialmente del personal facultativo, que permaneció directamente expuesto al riesgo de contagio.
De igual manera, apostilla que la Conselleria de Sanidad se saltó su obligación de tomar medidas desde que tuvo conocimiento de la existencia de una pandemia de covid-19. Más concretamente, desde que se declaró el estado de alarma en el decreto de 14 de marzo de 2020.
Estos son los hechos que la sentencia considera probados durante los meses de marzo, abril y mayo de 2020 en los centros médicos de Alicante a los que pertenecían los 154 sanitarios demandantes:
- El personal solo dispuso de una mascarilla por semana para prestar sus servicios.
- Las mascarillas autofiltrantes existentes estaban guardadas bajo llave por los responsables de cada centro.
- Tuvieron que utilizar batas desechables y carecieron de gorros sanitarios, los cuales se estimaron innecesarios, igual que las pantallas de protección facial.
- Fue a partir de junio de 2020 cuando el abastecimiento aumentó.
Adicionalmente, la sentencia establece que estos trabajadores sanitarios «tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios personales y morales», motivo por el cual se establecen las diferentes indemnizaciones aplicables:
- 5000 euros para cada trabajador forzado a realizar su labor sin equipos de protección individual adecuados.
- 15 000 euros para los sanitarios que fueron aislados por contacto con afectados de covid-19.
- 35 000 euros a los profesionales contagiados que no precisaron ingreso hospitalario.
- 49 180 euros para los contagiados de covid-19 que fueron hospitalizados.
Además, la Conselleria es condenada a adoptar de manera inexcusable «las medidas de protección, previa evaluación de los riesgos y puestos de trabajo por los servicios de prevención de riesgos laborales correspondientes». Asimismo, deberá dotar a sus profesionales con los «medios de transporte y protección individual en la atención domiciliaria, sea en jornada ordinaria o en atención continuada».
Por último, obliga a dotar a sus profesionales con los equipos de protección individual para prevención de riesgos laborales idóneos. En concreto, soluciones hidroalcohólicas, batas impermeables, mascarillas FFP2 y FFP3, gafas de protección, calzas específicas, guantes y contenedores de residuos grandes.
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